Unificación Códigos cotización. Novedades legales .
La Tesorería General de la Seguridad Social comunicó a través del Boletín Red 4/2019, de 8 de julio, que quedan unificados los códigos de cuenta de cotización para las empresas a partir del 1 de noviembre de 2019.
El objetivo es que las empresas tengan que disponer de un único código de cuenta de cotización por provincia y por régimen general y que otras cuentas de cotización secundarias que tengan (como pueden ser centros de formación, becarios o administradores) pasen a tener el CCC principal de régimen general.
Cuando una empresa dé de alta a un trabajador, van a encontrarse con un procedimiento de comunicación sintetizado y sin códigos específicos.
Será la propia Tesorería que comunicará, de forma paulatina, por escrito y a todas las empresas la unificación que deben realizar y la fecha de efecto. Informará del día de la baja del CCC secundario y del día que la empresa tendrá que realizar el alta al CCC principal. La baja será el último día de un mes y el alta el primer día del siguiente mes.
Excepciones
Algunas empresas aún no se verán afectadas por esta unificación, cuando:
- Los CCC de la empresa en una provincia sean de Régimen distinto al del resto de CCC.
- Los CCC de la empresa sean de un Sistema Especial del Régimen General – Empleados de Hogar; Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, Profesionales Taurinos y Artistas.
- Los CCC donde causen alta trabajadores a los que resulten de aplicación unos tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal de la empresa.
- Los CCC del Régimen Especial del Mar y cada CCC sea de un Grupo de Cotización distinto -I, II o III-, o figuren vinculados a EMBARCACIONES distintas.
- Los CCC de los bomberos, ertzainas y policías locales.
- Los CCC de empresas de Trabajo Temporal o Centro Portuarios de Empleo.
- Los CCC de empresas colaboradoras voluntarias en la gestión de la Seguridad Social en materia de accidentes de trabajo.
- Los CCC que identifiquen compensaciones por pago delegado de incapacidad temporal.
- Los CCC que identifican a trabajadores con diversas relaciones laborales simultáneas.
Cómo realizar el cambio legal en a3asesor | nom
Para ello hay que tener actualizado el software a3asesor Nom a la versión 5.27.13 o superior y, además, el entorno a3asesor a la versión 2.4.1 o superior.
Cambios que se han aplicado:
- Introducción de un motivo de baja nuevo, el 89.
- Introducción en la ficha de trabajadores el dato para poner el campo de exclusión de cotización ( en datos de afiliación ) Estos códigos los regula la SS y hay una tabla para ello: T-52 – Tipo de relación Laboral. En la propia ficha del trabajador del programa aparecen todos los códigos que dice tesorería.
Infórmate en este vídeo de los pasos para adaptarte al cambio cuando te lo comunique la Tesorería General de la Seguridad Social.